Política
Competencia, no controles: la clave para medicamentos accesibles
RESUMEN
En Costa Rica, los medicamentos son excesivamente caros debido a la concentración del mercado, las barreras regulatorias y la escasa competencia. Por tanto, la solución no es controlar precios, sino fomentar una competencia real mediante un registro sanitario ágil, la promoción de genéricos, las importaciones paralelas y el fortalecimiento de COPROCOM para combatir prácticas anticompetitivas y garantizar un acceso justo y sostenible a los medicamentos.
No estoy descubriendo el agua tibia cuando digo que en Costa Rica tenemos un problema serio: los medicamentos son carísimos. No es solo una percepción; comparados con nuestros vecinos centroamericanos y países más ricos, los ticos pagamos mucho más por nuestras medicinas. No es extraño ver cómo algunos costarricenses viajan a Colombia u otros países solo para comprar medicamentos. Esto afecta directamente nuestra calidad de vida y pone en jaque la estabilidad del sistema de salud público. Claramente, necesitamos una solución efectiva. Pero, ojo, no cualquier solución rápida, sino una que realmente resuelva el problema desde la raíz.
¿Qué está pasando en nuestro mercado farmacéutico?
Este año, COPROCOM presentó los resultados de un estudio que muestra la realidad del mercado. Resulta que tres grandes droguerías tienen casi todo el mercado en sus manos —más o menos el 75 % —. Esto les da un enorme poder para negociar precios con laboratorios extranjeros, lo que al final se traduce en medicamentos más caros para todos nosotros. Además, tienen el control exclusivo sobre las importaciones, convirtiéndose en los únicos que pueden traer medicinas del extranjero. Imagínense el nivel de influencia que eso representa.
Y ahí no para la cosa. A su vez, el mercado en Costa Rica está dominado por grandes laboratorios farmacéuticos internacionales. Estos actores concentran una parte sustancial del mercado gracias a su portafolio de medicamentos innovadores —protegidos por patentes— y a su estrategia comercial agresiva basada en genéricos con marca. Esta posición de dominio se ve reforzada por esquemas contractuales de distribución exclusiva y una fuerte presencia en la promoción médica, lo que les permite conservar una cuota de mercado considerable incluso después de la expiración de sus patentes.
En teoría, al caducar esas patentes, debería abrirse un espacio competitivo para que ingresen medicamentos genéricos sin marca, mucho más baratos y accesibles. Sin embargo, en la práctica, esa transición rara vez ocurre en Costa Rica. ¿Por qué? Porque enfrentan una doble barrera:
- Un sistema regulatorio lento y costoso.
- Una percepción generalizada —tanto entre médicos como entre pacientes— de que lo barato es de menor calidad. Esta percepción no solo carece de fundamento técnico en la mayoría de los casos, sino que además ha sido reforzada por años de campañas de mercadeo que privilegian la “confianza en la marca” por encima de la eficacia farmacológica real.
El resultado es un círculo vicioso: las opciones más asequibles no logran escalar en el mercado, los consumidores se mantienen cautivos en esquemas de precios altos, y el ecosistema farmacéutico permanece anclado a una lógica comercial que desalienta la competencia real.
Mientras tanto, el Estado pierde una oportunidad clave para aliviar el gasto en salud pública mediante la adopción masiva de genéricos equivalentes, y las familias costarricenses continúan pagando más por medicamentos que, en otros países, cuestan una fracción del precio.
Esta realidad exige una intervención estratégica que combine regulación inteligente, educación al consumidor y políticas públicas activas para romper el dominio estructural de las marcas y abrir paso a una competencia genuina. Sin embargo, como veremos más adelante, el control de precios o la fijación de márgenes no es, en mi opinión, el camino a seguir.
Barreras regulatorias y problemas estructurales
Otro asunto clave —y francamente desesperante— es el proceso de registro sanitario. En Costa Rica, este trámite es notoriamente lento, burocrático y costoso. Tanto así que medicamentos ya aprobados por autoridades internacionales de altísimo estándar, como la FDA en Estados Unidos o la EMA en Europa, pueden tardar años en recibir luz verde para ser comercializados aquí. Y mientras tanto, los consumidores siguen pagando más por las opciones existentes.
A eso se le suma otro obstáculo importante: la falta de armonización regulatoria con países vecinos o socios comerciales. Cada empresa que quiere ingresar al mercado costarricense debe iniciar prácticamente desde cero, duplicando pruebas, trámites y costos. Todo esto actúa como un muro invisible que desincentiva a nuevos competidores y, al final, mantiene los precios altos y las opciones limitadas para todos.
¿Cómo podría actuar COPROCOM frente a prácticas internacionales?
Aquí viene lo interesante y medular de esta entrega que poco se ha discutido. Aunque muchas veces pensamos que lo que hacen las grandes farmacéuticas fuera del país está fuera de nuestro control, la verdad es que nuestra ley de competencia sí le da herramientas a COPROCOM para intervenir cuando esas acciones repercuten en el mercado costarricense. El artículo 1 de la Ley de Promoción de la Competencia (Ley 7472) establece con claridad que cualquier agente económico, sin importar si es nacional o extranjero, puede ser investigado si sus prácticas afectan la libre competencia en Costa Rica.
Es decir, lo importante no es dónde ocurre la práctica, sino el impacto que tiene en nuestro país.
Esto abre una puerta importantísima. Si, por ejemplo, laboratorios en el extranjero —que no tienen necesariamente una planta o una sede aquí, pero sí influyen directamente en lo que pagamos por las medicinas— se ponen de acuerdo para mantener altos los precios de medicamentos esenciales, como tratamientos para la diabetes, la hipertensión o enfermedades crónicas de alta prevalencia, COPROCOM podría intervenir.
Y no se trata solo de buenas intenciones. Podría iniciar una investigación formal, recopilar pruebas de esos acuerdos, solicitar colaboración internacional con otras agencias de competencia —como la COFECE en México o la SIC en Colombia— y, si se confirman las prácticas, imponer sanciones o tomar medidas que restituyan la competencia en el mercado local.
Imaginemos un escenario hipotético: varias farmacéuticas internacionales acuerdan con sus distribuidores autorizados (las tres droguerías mencionadas) que los precios de ciertos medicamentos genéricos en Costa Rica no deben bajar de cierto umbral. Lo hacen a través de cláusulas contractuales disfrazadas de “condiciones de exclusividad” o “alineamiento estratégico de precios” que impiden a las droguerías importar productos equivalentes más baratos de otras filiales o competidores.
A simple vista, puede parecer parte de una negociación comercial normal. Pero si ese acuerdo tiene el efecto de bloquear la competencia y mantener precios artificialmente altos en nuestro país, eso ya es terreno fértil para que COPROCOM actúe.
Y hay precedentes. En Europa, en América Latina, e incluso en países en desarrollo con agencias de competencia menos robustas que la nuestra, ya se han abierto casos por colusión internacional, acuerdos verticales restrictivos y manipulación de precios. COPROCOM no tendría que actuar sola. Existen mecanismos de cooperación regional e internacional que permiten intercambiar información, compartir pruebas y coordinar acciones para enfrentar prácticas anticompetitivas transnacionales.
¿El resultado? Si se documenta y sanciona una práctica de este tipo, no solo se envía un mensaje potente al mercado, sino que se puede abrir la puerta a una reducción real y sostenible en los precios de medicamentos, beneficiando directamente a miles de costarricenses que hoy se ven obligados a racionar sus tratamientos o endeudarse para comprar una caja de pastillas.
Este tipo de acción no solo es legalmente viable, es urgente desde una perspectiva de justicia económica y salud pública. Porque, en el fondo, lo que está en juego no es solo el precio de un producto: es la dignidad de poder tratarse sin que la billetera lo impida.
Ahora, ¿por qué no es buena idea fijar precios o márgenes?
Ahora, alguien podría decir: “¿Y por qué no simplemente fijar precios y listo?” (tal y como, de alguna forma, pretende un proyecto de ley por ahí, o hasta cierto punto fue lo que intentó el Poder Ejecutivo por vía de decreto). Suena tentador, pero históricamente no ha funcionado. De hecho, suele empeorar las cosas.
Cuando los precios se controlan artificialmente, los laboratorios pueden decidir irse o reducir su oferta, generando desabastecimiento y menor calidad. A largo plazo, esto afecta la innovación y aleja a nuevos competidores que podrían ofrecer precios más bajos.
Veamos ejemplos:
- En Venezuela, la imposición de controles de precios sobre medicamentos esenciales durante los últimos 15 años llevó a un colapso casi total de la oferta. Muchas farmacéuticas internacionales simplemente se retiraron del país, y las pocas que quedaron redujeron su portafolio de productos al mínimo. Resultado: un sistema de salud con estantes vacíos, largas filas por medicinas básicas y un mercado negro floreciente donde los precios eran hasta diez veces más altos que los “oficiales”.
- Argentina también vivió una experiencia complicada. Durante la crisis de 2002, el Gobierno impuso topes a los precios de medicamentos para controlar la inflación sanitaria. Lo que pasó fue que varias empresas optaron por dejar de comercializar ciertos productos porque venderlos a pérdida era inviable. La consecuencia fue una caída en la disponibilidad de medicamentos, sobre todo los importados, afectando directamente a pacientes con enfermedades crónicas o condiciones raras que dependían de tratamientos específicos.
Cuando los precios se fijan por decreto sin resolver los problemas de fondo —como la concentración del mercado, la falta de genéricos accesibles, o las barreras regulatorias para importar—, se genera un efecto dominó: los laboratorios reducen su oferta, los incentivos para innovar se desploman, y los nuevos jugadores ni se asoman.
En lugar de abrir el mercado, se cierra aún más. Y al final, lo que parecía una salida rápida termina saliendo carísima: menos acceso, menos opciones y más frustración para los pacientes.
Resumiendo: fijar precios puede sonar bien en papel, pero en la práctica el problema es más profundo, y la solución —aunque más compleja— pasa por abrir el mercado, no por cerrarlo. Pues, como dice el dicho, a veces el remedio sale peor que la enfermedad.
¿Entonces, qué deberíamos hacer?
Primero, agilizar el registro sanitario. No tiene sentido tardar años en aprobar medicamentos que ya fueron validados por la FDA o la agencia europea EMA. Esos productos no deberían tener registro sanitario del MINSA. El MINSA no puede agregar nada sobre lo que han dicho o hecho agencias sanitarias mundiales de primer nivel. Necesitamos procesos rápidos para productos ya aprobados en otros países confiables.
Segundo, darle más importancia a los genéricos sin marca. Hay que romper esos mitos que circulan por ahí. Necesitamos campañas educativas claras para médicos y pacientes, mostrando la calidad y eficacia comprobada de estos medicamentos más baratos.
Tercero, regular claramente las importaciones paralelas. Esto nos permitiría comprar medicamentos de calidad, pero más baratos, desde países donde son menos costosos. Claro, con controles para garantizar seguridad.
Y, finalmente, necesitamos fortalecer COPROCOM. Dotarla de más recursos, tecnología y herramientas legales para que pueda actuar eficazmente. Esto incluye mejorar la cooperación con agencias internacionales para enfrentar casos complicados.
Conclusión: es momento de actuar inteligentemente
La solución real y sostenible para bajar el costo de los medicamentos en Costa Rica es impulsar la competencia efectiva en el mercado farmacéutico. Nada de soluciones mágicas o parches rápidos. Necesitamos enfrentar las barreras regulatorias, abrir espacio a más competidores y asegurarnos de que nuestro sistema promueva alternativas accesibles para todos.
Es tiempo de hacer las cosas bien. Al final del día, lo que realmente importa es que cada costarricense tenga acceso real a los medicamentos que necesita, sin tener que empeñar la casa para comprarlos.
Las opiniones expresadas en este artículo son responsabilidad del autor y no representan necesariamente la postura oficial de Primera Línea. Nuestro medio se caracteriza por ser independiente y valorar las diversas perspectivas, fomentando la pluralidad de ideas entre nuestros lectores.
Política
Lo que la narrativa pública omite sobre la gasolina
RESUMEN
La realidad del precio de los combustibles va mucho más allá del precio internacional y la influencia del conflicto en el Medio Oriente.
La conversación nacional sobre el precio del combustible se ha convertido en un ejercicio de simplificación notable. Recope y ARESEP anuncian un aumento, los medios reportan la cifra, el Ejecutivo y muchos analistas señalan hacia Irán, y el país acepta el veredicto: subió por la guerra, no hay mucho más que discutir. Es una historia ordenada, pero incompleta.
Cuando uno revisa los datos oficiales (La Gaceta No. 69 del 16 de abril, los reportes del BCCR sobre el tipo de cambio y las estadísticas regionales del Comité Centroamericano de Hidrocarburos) y se toma el trabajo de descomponer el precio del litro, aparece una realidad más compleja. Una realidad que, ahora sí, pone temas relevantes sobre la mesa.
El primer hecho importante es que el componente internacional (el famoso “por Irán” hoy) representa apenas un 33,8% del precio de la gasolina súper. El resto responde a decisiones internas del país.
El impuesto único a los combustibles, fijado por el Ejecutivo y la Asamblea, pesa un 43%. Los márgenes de distribución (RECOPE, transportistas, Sistema Nacional de Combustibles y estaciones de servicio) suman otro 23%. Entonces en total, más del 60% del precio final se decide en San José, no en el Medio Oriente.
Este dato tiene una implicación política incómoda. Cuando el Poder Ejecutivo aumentó el impuesto único en un 0,74% mediante decreto en febrero pasado, el ajuste pasó prácticamente inadvertido. Coincidió con el inicio de la narrativa del conflicto en Medio Oriente. La subida internacional funciona como un escudo político para el ajuste fiscal interno. Ambos efectos se suman cuando pagamos en la gasolinera, pero solo uno aparece en los titulares.
El segundo hecho importante es que la apreciación del colón (del orden del 8,3% desde enero, llevando el tipo de cambio a niveles mínimos no vistos desde 2005) está amortiguando el impacto del shock petrolero en una magnitud que nadie ha cuantificado con precisión en la cobertura mediática.
El cálculo es aritmético: como el componente internacional se paga en dólares y el resto en colones, cada punto de apreciación reduce el precio final proporcionalmente. Con los números actuales, la apreciación del colón está ahorrando entre 19 y 23 colones por litro, según el combustible. Si el tipo de cambio se hubiera mantenido en los 500 colones de enero, la gasolina súper ya estaría en 651 colones, no en 632.
Esta mitigación silenciosa merece atención por dos razones.
- Una técnica: explica por qué el shock petrolero se siente menos aquí que en el resto de Centroamérica, donde los tipos de cambio se han movido de forma distinta.
- Una política: la apreciación no es un acto de la naturaleza. Es el resultado de decisiones y omisiones del BCCR, cuya moderada intervención en el mercado cambiario, ha sido criticada por distintos analistas como Ricardo Monge González, desde la Academia de Centroamérica, y Roxana Morales Ramos, desde el Observatorio Económico de la UNA.
Aquí aparecen los efectos cruzados. El consumidor urbano se beneficia al pagar menos por la gasolina, pero el exportador cafetalero, el hotelero de Guanacaste o el productor piñero pierden competitividad. Es la misma política monetaria, con impactos opuestos. Estos dos hechos configuran un panorama que la conversación pública tiende a evitar.
El precio del combustible no es una variable aislada: está codeterminado por tres actores clave: Hacienda, que fija el impuesto; el BCCR, que incide en el tipo de cambio mediante su política monetaria; y Recope, que gestiona la importación y distribución.
Cuando el precio sube, el discurso oficial apunta exclusivamente al mercado internacional. Cuando el precio se modera más de lo esperado, se echan las flores.
El debate que correspondería tener no es cuánto subirá el combustible en mayo. Es más profundo: ¿quién gana y quién pierde con la combinación actual de impuesto alto, colón fuerte y monopolio estatal a cargo? ¿Qué ocurrirá cuando alguna de estas variables cambie, como inevitablemente sucederá? ¿Por qué ninguno de los actores responsables rinde cuentas por su impacto específico?
Los datos están disponibles en las páginas oficiales de RECOPE, ARESEP, el BCCR y los reguladores regionales. No hacen falta filtraciones ni investigaciones heroicas. Hace falta leerlos en conjunto y hacer la aritmética. Ese ejercicio, por alguna razón que conviene a varios, sigue ausente en la debate público.
Pero esa conversación es necesaria. El precio que pagamos en la gasolinera refleja mucho más que una guerra lejana. Refleja decisiones concretas sobre fiscalidad, política monetaria y la organización del mercado energético. Discutirlas con honestidad, reconociendo ganadores y perdedores, es una base mínima de seriedad democrática.
Señalar hacia Irán es más fácil. También es más cómodo. Los hechos, como suele suceder, no encajan tan bien en una narrativa simplificada.
Política
ABC legislativo: el periodo constitucional legislativo y presidencial
RESUMEN
El verdadero peso del proceso legislativo no está en el Plenario, sino en las comisiones, donde se filtran, moldean y definen las decisiones clave antes de su aprobación.
El pasado 8 de abril del presente año, el Tribunal Supremo de Elecciones entregó las credenciales como diputados de la República para el periodo constitucional 2026-2030 a las personas electas en los comicios del 1.° de febrero. En esa ceremonia también quedó definido el directorio legislativo provisional que dirigirá la sesión solemne del 1.° de mayo, fecha en que inicia el nuevo periodo constitucional.
En esta entrega de ABC Legislativo, abordaremos algunos detalles sobre las sesiones del 1.° de mayo, día en que asumen las nuevas diputaciones, así como la del 8 de mayo, cuando se realiza el traspaso de poderes entre la administración saliente y las nuevas autoridades.
La Asamblea y el 1.° de mayo
Además de su significado global por la conmemoración del Día Internacional de los Trabajadores, el 1.° de mayo marca una serie de inicios clave dentro de la Asamblea Legislativa.
En primer lugar, comienza un nuevo periodo constitucional, es decir, los cuatro años durante los cuales ejercen funciones las diputaciones electas. El periodo 2022-2026, iniciado el 1.° de mayo de 2022, concluirá el jueves 30 de abril de 2026. A partir del viernes 1.° de mayo de 2026 iniciará el nuevo periodo 2026-2030, que se extenderá hasta el 30 de abril de 2030.
Ese mismo día también inicia una nueva legislatura, entendida como el año legislativo. Cada legislatura comienza el 1.° de mayo y finaliza el 30 de abril del año siguiente. Por tanto, el próximo 1.° de mayo no solo concluye el periodo constitucional 2022-2026, sino también la legislatura 2025-2026. Con ello, se abre el periodo de ejercicio de los cargos del Directorio Legislativo, cuyos integrantes se renuevan al inicio de cada legislatura.
Además, el 1.° de mayo da paso a un nuevo periodo legislativo, que corresponde a bloques de tres meses en los que se alterna el control de la agenda parlamentaria. Estos se dividen en sesiones ordinarias y sesiones extraordinarias, organizadas de la siguiente manera:
- Del 1.° de mayo al 31 de julio: sesiones extraordinarias
- Del 1.° de agosto al 30 de octubre: sesiones ordinarias
- Del 1.° de noviembre al 31 de enero: sesiones extraordinarias
- Del 1.° de febrero al 30 de abril: sesiones ordinarias
Así, el próximo 1.° de mayo coincide con el cierre del segundo periodo de sesiones ordinarias de la legislatura 2025-2026, así como con el cierre tanto de la legislatura como del periodo constitucional. Este punto es relevante porque, durante las sesiones ordinarias, el control de la agenda lo ejercen los diputados, mientras que en las sesiones extraordinarias corresponde al Poder Ejecutivo definir qué proyectos se discuten.
Traspaso del poder
En Costa Rica, el inicio de un nuevo periodo constitucional implica también la entrada en funciones de las nuevas autoridades de gobierno, electas por voto popular. Este diseño garantiza una transición ordenada, constitucional y jurídicamente sólida entre administraciones.
Gracias a esta estructura, el país ha mantenido un prolongado periodo de estabilidad democrática, ya que los mecanismos de inicio y finalización del poder están claramente establecidos tanto en la Constitución Política como en el Reglamento de la Asamblea Legislativa.
En el caso de las diputaciones, aunque no existe un traspaso formal, sí se produce un cambio en las personas que ocupan el cargo. De acuerdo con el artículo 116 de la Constitución Política, estas asumen sus funciones en la sesión solemne del 1.° de mayo, tras haber recibido sus credenciales por parte del Tribunal Supremo de Elecciones.
Durante esa sesión se define el Directorio Legislativo. El Directorio Provisional tiene la tarea de verificar la asistencia inicial de los diputados, con base en la nómina enviada por el Tribunal, y de realizar la juramentación constitucional. Los diputados prestan juramento ante este órgano, una vez que su presidente haya sido juramentado ante la Asamblea.
Por su parte, el artículo 136 de la Constitución establece que el 8 de mayo deben asumir sus cargos el Presidente y los Vicepresidentes electos, momento en el cual cesan las autoridades salientes. Este acto se realiza ante la Asamblea Legislativa, según el artículo 137, aunque, de no ser posible, se llevaría a cabo ante la Corte Suprema de Justicia, asegurando así la continuidad institucional.
El Directorio Legislativo
La Asamblea Legislativa, como primer poder de la República, cuenta con autonomía para organizar su funcionamiento interno. Esta organización se rige por el Reglamento de la Asamblea Legislativa, el cual solo puede modificarse con el voto favorable de al menos 38 diputaciones.
El Directorio Legislativo funciona como la cabeza administrativa y política del Congreso. Entre sus funciones están aprobar contrataciones, gestionar recursos, velar por el cumplimiento del reglamento y dirigir la acción política del órgano legislativo.
Este Directorio se elige cada 1.° de mayo en sesión solemne. Las candidaturas suelen ser propuestas por diputados de los respectivos partidos, y resultan electas aquellas personas que obtienen la mayoría de los votos presentes.
En cuanto a la dirección de la sesión, el directorio saliente cumple esa función. Sin embargo, en la primera sesión de un nuevo periodo constitucional, el artículo 15 del Reglamento establece que el directorio provisional estará integrado por los seis diputados de mayor edad electos como cabeza de sus papeletas. El de mayor edad ejercerá la Presidencia, seguido en orden decreciente por los demás cargos.
Con base en este criterio, el Tribunal Supremo de Elecciones definió el Directorio Legislativo provisional de la siguiente forma:
- Presidencia: Ronald Alberto Campos Villegas (PLN)
- Vicepresidencia: Janice Patricia Sandí Morales (PLN)
- Primera Secretaría: José Miguel Villalobos Umaña (PPSO)
- Segunda Secretaría: María Eugenia Román Zamora (FA)
- Primera Prosecretaría: Marta Eugenia Esquivel Rodríguez (PPSO)
- Segunda Prosecretaría: Nogui Acosta Jaen (PPSO)
Este grupo será el encargado de dirigir la elección del Directorio definitivo para la legislatura 2026-2027, el cual tendrá entre sus primeras funciones declarar abierto el periodo de sesiones extraordinarias.
La sesión solemne
El Reglamento de la Asamblea Legislativa establece en su artículo 11 las condiciones para la sesión solemne del 1.° de mayo. Esta tiene como objetivos la elección del Directorio Legislativo, la apertura del periodo legislativo y el anuncio del mensaje presidencial, según lo dispuesto en la Constitución.
Las diputaciones deben seguir un protocolo definido por el Directorio Legislativo, conforme al artículo 26 del reglamento, que incluye aspectos como vestimenta, horarios y otras disposiciones generales.
Finalmente, una vez instalada la nueva Asamblea Legislativa, se comunica formalmente a los demás poderes de la República y al Tribunal Supremo de Elecciones la apertura de sesiones de dos tercios de las diputaciones (38 votos), permitiendo así su entrada en vigor como ley.
Las opiniones expresadas en este artículo son responsabilidad del autor y no representan necesariamente la postura oficial de Primera Línea. Nuestro medio se caracteriza por ser independiente y valorar las diversas perspectivas, fomentando la pluralidad de ideas entre nuestros lectores.
Política
El país no puede seguir preso de las expropiaciones
RESUMEN
El problema no es expropiar, es hacerlo tarde y mal. Sin capacidad para disponer del terreno a tiempo, cualquier obra termina costando más y llegando después.
Costa Rica tiene una extraña habilidad para sobrereflexionar hasta convertir lo urgente en eterno. Habla de competitividad, de infraestructura, de atracción de inversión y de calidad de vida, pero cuando llega el momento de corregir uno de los nudos que más atrasan la obra pública, aparecen los apóstoles del no.
Por eso, el expediente 24.669, presentado por el diputado Luis Diego Vargas y ya dictaminado en la Comisión Especial de Infraestructura, merece ser aprobado. No porque sea perfecto, sino porque enfrenta un problema real que el país ha tolerado durante demasiado tiempo: la incapacidad de adquirir a tiempo los terrenos necesarios para construir. El proyecto busca regular la adquisición, la donación y la expropiación forzosa de bienes por causa de interés público legalmente comprobado.
El problema no es legal, es de ejecución
Lo central aquí no es jurídico en sentido estricto, sino estratégico. El proyecto parte de una verdad incómoda: en Costa Rica, la tardanza y la insuficiencia en la disponibilidad física de terrenos frenan proyectos de infraestructura pública, especialmente en zonas urbanas, y esa realidad se ha agravado por la judicialización de los procesos.
El texto intenta corregir eso sin eliminar la intervención judicial, sino redimensionándola para que el juez conozca la discusión sobre el monto, sin que cada desacuerdo termine paralizando obras enteras. Además, establece un incentivo de hasta un 10% sobre el avalúo para estimular la venta voluntaria y prevé un plazo de cinco días hábiles para que el administrado manifieste su conformidad con el justiprecio antes de pasar a la fase judicial especial.
Traducido en cristiano: esta ley no busca atropellar la propiedad privada.
Busca que el interés público deje de caminar con grilletes. Propone que el Estado negocie primero, luego incentive y, solo si no hay acuerdo, expropie bajo un procedimiento más útil. Ese enfoque es más sensato que el modelo actual, que combina burocracia, litigio, demora y sobrecostos hasta volver ridícula cualquier aspiración de ejecución seria. Quien quiera un ejemplo de lo que implica seguir como estamos no tiene que imaginar nada. Basta revisar la historia reciente de nuestra infraestructura vial.
Cuando el terreno frena al país
Ahí está Circunvalación Norte. La obra acumuló 3.254 días de atraso y las expropiaciones fueron la principal causa de esa demora. A esto se sumaron reclamos económicos del contratista por costos indirectos vinculados, entre otros factores, a expropiaciones y reubicación de servicios. Esto significa que el problema no es solo tiempo. Es también plata. Plata pública. Plata que termina saliendo del bolsillo de todos por no resolver a tiempo algo tan elemental como la disponibilidad del terreno.
Ahí está también Barranca-Limonal, un proyecto clave para la Interamericana Norte. En 2021, solo 38 de 396 predios requeridos estaban en manos del Estado, es decir, ni siquiera el 10% del total. Y todavía en 2025, el nuevo esquema licitatorio tuvo que separar obras principales y marginales porque seguían existiendo terrenos pendientes de expropiar. Otra vez lo mismo: la carretera no se atrasa porque el país no entienda su importancia, sino porque el Estado sigue sin contar con una herramienta suficientemente eficaz para disponer del suelo a tiempo.
El caso de la Ruta 32 es todavía más elocuente. En 2022, el Conavi aceptó un reclamo por atrasos en expropiaciones y prorrogó la conclusión de la obra. Para entonces, de 578 terrenos requeridos, solo 118 estaban en manos del Estado. En 2024 aún quedaban 134 gestiones pendientes de un total de 496 terrenos. Y en 2022 se registraban 372 expropiaciones pendientes, atrapadas en una maraña de ocho dependencias estatales. Ese es el verdadero rostro del problema: no una discusión teórica, sino un sistema incapaz de moverse con la velocidad mínima que exige una obra estratégica.
Y si alguien cree que esto solo explica el pasado, que vea San José–San Ramón. En febrero de 2026, el propio MOPT defendía ante diputados un plan de expropiaciones para esa ampliación, mientras Mideplán indicaba que existían 503 expropiaciones pendientes en los 55 kilómetros del proyecto. Es decir, no estamos ante una patología superada, sino frente a un obstáculo vigente, actual y decisivo para obras futuras. Si esta ley logra reducir tiempos, ordenar procedimientos y favorecer acuerdos voluntarios antes de la judicialización, el beneficio país sería inmediato.
Entre la tutela y la parálisis
Por eso cuesta tomar en serio a quienes adversan el proyecto como si defendieran una gran causa. En demasiados casos, lo que están defendiendo, consciente o inconscientemente, es la preservación del atasco. El Colegio de Abogados hizo observaciones de técnica legislativa atendibles: advirtió que regular en una sola ley la compra directa, la donación y la expropiación puede afectar el orden y la claridad del objeto regulado, e incluso generar doble regulación con materias ya cubiertas por la Ley General de Contratación Pública. Muy bien. Que se afine la redacción. Que se mejore. Pero eso no es una condena de fondo, sino una advertencia técnica, no una excusa para seguir en el pantano.
Ese es justamente el problema del debate costarricense. Aquí demasiada gente confunde una observación técnica con un permiso moral para no hacer nada.
Se toma una salvedad razonable, se exagera, se dramatiza y se usa como coartada para sostener el statu quo. Y el statu quo, en este caso, es desastroso. Es un país donde una carretera estratégica puede quedar atrapada durante años porque cada desacuerdo individual, cada expediente y cada oficina involucrada tienen poder real para frenar el interés público. Eso no es garantía. Eso es impotencia estatal, y la impotencia estatal también genera daño social, económico y territorial.
Seamos claros: la propiedad privada (lo más sagrado para este servidor junto con la vida) merece tutela. La indemnización justa es obligatoria.
El control judicial debe existir. Pero nada de eso significa que el procedimiento deba estar diseñado para que el país nunca termine una obra a tiempo.
La Constitución protege la propiedad; no consagra un derecho a inmovilizar indefinidamente proyectos de interés público. Una democracia madura no renuncia a expropiar: expropia cuando corresponde, indemniza como debe y ejecuta sin pedirle permiso al atraso.
Este proyecto merece aprobarse porque entiende esa realidad. Porque apuesta primero por la negociación, introduce incentivos económicos y ordena la intervención judicial sin convertir cada controversia en un veto material. Y porque Costa Rica ya tiene suficientes pruebas de lo que cuesta no corregir esto: Circunvalación Norte, Ruta 32, Barranca-Limonal y San Ramón son recordatorios demasiado caros de que seguir igual no es una opción seria.
La Asamblea Legislativa tiene aquí una oportunidad poco frecuente de hacer algo realmente útil. De cerrar con una buena nota.
Puede pulir el texto, por supuesto. Debe hacerlo. Pero debería aprobarlo. Porque si vuelve a ceder ante los reflejos del miedo, de la pereza mental o del fetichismo procedimental, estará haciéndole un favor no al país, sino al atraso. Y a estas alturas, seguir protegiendo el atraso con lenguaje jurídico elegante ya no es prudencia. Es complicidad.
Las opiniones expresadas en este artículo son responsabilidad del autor y no representan necesariamente la postura oficial de Primera Línea. Nuestro medio se caracteriza por ser independiente y valorar las diversas perspectivas, fomentando la pluralidad de ideas entre nuestros lectores.
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