Economía

¿Prohibir los préstamos “gota a gota”?

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Varios diputados y un ministro quieren tipificar como delitos los préstamos “gota a gota” (los microcréditos), por ser “préstamos extorsivos”; además, pretenden agravar las penas relacionadas con la extorsión.

Lo justifican, principalmente, para combatir a los matones que llegan a cobrar los créditos a los deudores morosos. Al parecer esta clase de acciones delictivas ha aumentado en el país.

Desde luego, golpear o extorsionar a una persona es ya un delito y debe seguir siéndolo. Pero es necesario examinar cuál es la razón por la cual surgen los créditos “gota a gota”.

La “ley de usura”

Al poco tiempo de haber sido aprobada la “ley de usura”, la prensa informó que el banco privado más grande despidió a una parte de sus empleados y canceló su relación con miles de clientes. [Ver nota]

Casi tres años después la Asociación Costarricense de Microfinanzas anunció que por causa de esta ley, muchas personas fueron excluidas del mercado formal de la banca comercial. [Ver nota]

Esto sucedió porque la ley impuso un tope máximo en la tasa de interés a los bancos; por lo tanto, estos no pueden ahora prestar dinero a una tasa mayor a la fijada por ley.

Sin embargo, si una persona no logra encontrar a alguien dispuesto a prestarle dinero a un interés menor al fijado por ley, es porque ningún acreedor valora en menor medida el riesgo que representa. En consecuencia, la persona será excluida del mercado formal de crédito.

Es al acreedor, no al legislador, que le corresponde evaluar ese riesgo. Porque será el acreedor el único que pierda su dinero en caso de que el deudor no le pague de vuelta.

Los efectos de la “ley de usura”

Entonces, ¿qué sucede cuando el legislador interviene y fija un tope máximo en la tasa de interés? Pues ocurre que el precio máximo de ese riesgo se coloca por debajo del valor que le asignaba antes el acreedor. Por esta razón hay personas excluidas del mercado formal.

Porque nadie le prestará un dólar a la persona cuyo riesgo se estima superior al precio máximo fijado por el legislador. Como las personas más pobres siempre representan un riesgo mayor, siempre serán las más perjudicadas cuando el legislador fija un tope.

Estas son las personas que ahora están excluidas del mercado y por lo tanto, son los sujetos que se ven obligados a acudir al mercado informal de los créditos “gota a gota”.

El principal efecto de la “ley de usura” fue excluir a una gran parte de las personas que antes eran clientes de los bancos comerciales. Como la ley fijó un precio máximo ahora esas personas no les queda más remedio que ser “clientes” de los prestamistas informales.

¿Por qué los bancos no otorgan crédito a los excluidos?

De manera equivocada se critica a los bancos y a las financieras por no otorgar créditos a las personas excluidas del mercado formal. Este argumento conlleva un error de bulto.

La equivocación radica en suponer que el crédito es algo que el banquero otorga, como si el crédito fuese un favor personal hacia el deudor. Pero sucede lo contrario, el crédito es una cualidad que la persona tiene por sus méritos.

En este sentido el crédito siempre llega con la persona cuando entra al banco. Porque no es el banquero el que reparte las cualidades para que el individuo sea solvente. Esas cualidades ya llegan con el deudor cuando solicita el crédito.

Una solución superficial

Agravar las penas por el delito de extorsión y prohibir los créditos “gota a gota” son iniciativas que no resuelven las verdaderas causas del problema. La “ley de usura” excluyó a muchas personas del mercado formal de crédito. Mientras no se derogue la fijación de un tope máximo en la tasa de interés sobre los préstamos bancarios, muchas personas seguirán excluidas del mercado formal; en consecuencia, irán a satisfacer su necesidad de crédito en el mercado informal.

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